Debe ser titular (individualmente o de forma agrupada) de más de 300 acciones para poder intervenir en la Junta General de Accionistas.
En este apartado, puede formular las preguntas y cuestiones que serán contestadas en el desarrollo de la Junta, por el Presidente, Consejero Delegado, miembros del Consejo de Administración o equipo ejecutivo de la Sociedad. Las intervenciones formuladas por los accionistas o sus representantes, podrán ser contestadas por escrito durante los siete días siguientes a la Junta, con arreglo a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital.
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